lunes, 7 de diciembre de 2009

Práctico nº 7: "Transmisión de empresa" (viernes 11-12-2009)


Práctico nº 7
EMPRESA Y EMPRESARIO
“Transmisión de empresa"



S U P U E S T O (*):


Con fecha 30-9-2007 Doña Isabel y Doña Bárbara celebraron un contrato de compraventa, en virtud del cuál la última vendió a la primera la totalidad de un negocio dedicado al comercio al por menor de papelería y artes gráficas, transmitiéndole el mismo con todas sus existencias por un precio de 42.000 euros.
El día 1-10-2008 Doña Isabel inicia la explotación del negocio en el mismo local en el que venía haciéndolo doña Bárbara, solicitando al efecto la oportuna licencia administrativa.
Con fecha 13 de marzo de 2009 el Ayuntamiento le comunica que, siendo la actividad de artes gráficas una actividad molesta y peligrosa, para la que no tenía licencia la anterior titular, debía aportar para la obtención de la misma el correspondiente proyecto técnico suscrito por facultativo competente y visado por el respectivo Colegio Profesional, al objeto de que se adoptaran las oportunas medidas correctoras y eliminar así las causas determinantes de su calificación como actividad molesta y peligrosa. Doña Isabel, en lugar de presentar el proyecto, y solicitar la licencia, optó por dar de baja el negocio y cerrar el local en el que el mismo se hallaba instalado.
Por otro lado, en el contrato de compraventa se estipuló expresamente (cláusula quinta) que el local en el que se venía desarrollando la actividad por Doña Bárbara no formaba parte de la transmisión empresarial (sino de un pacto separado) y también se pactó (cláusula cuarta) que “(…) los gastos, cargas y gravámenes, licencias y demás requisitos para ejercer la actividad que se transmite serán de cuenta de la adquirente…”.
Doña Isabel interpone demanda ante los Tribunales solicitando la resolución del contrato e interesando la devolución del precio pagado; por su parte, Doña Bárbara se opone y contesta a la demanda, con el argumento de que la licencia no es parte de la transmisión del negocio, sino la actividad, y que ésta se puede desarrollar en otro local. El Juzgado de Primera Instancia le dá la razón a Doña Isabel. Apelada la sentencia, la Audiencia Provincial revoca la sentencia y desestima la demanda, dando la razón a Doña Bárbara. Doña Isabel recurre en casación…

Atendidas las circunstancias del caso práctico:
[A] razone en derecho sobre la viabilidad de las pretensiones deducidas por ambas partes, determinando los posibles argumentos invocados por el Juez de Instancia y por la Audiencia Provincial; y, en todo caso,

[B] conteste a las siguientes cuestiones:

1º) ¿forma parte la licencia administrativa del contenido obligacional del contrato?; y en caso afirmativo, ¿debe Doña Bárbara garantizar a Doña Isabel su obtención;

2º) admitiendo que dicha licencia formara parte de la “transmisión empresarial”, ¿estaría justificada jurídicamente la resolución del contrato pedida por Doña Isabel por la falta de obtención de la misma?;
(*) Este supuesto está extraído de una Sentencia del Tribunal Supremo que resuelve una litis sustancialmente idéntica a la planteada en el mismo.